Óscar Aarón Nájera Davis habrÃa incurrido en abuso de funciones y en extorsión agravada contra servidor público.
Por: Leopoldo Ramos
Saltillo, Coah.- El magistrado Óscar Aarón Nájera Davis, integrante de la Sala Colegiada Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado, habrÃa incurrido en varios delitos al encabezar un complot y presionar la salida de empleados del Poder Judicial que presuntamente no compartÃan su estilo y forma de trabajo.
En un video en poder de Grupo Zócalo, que llegó de manera anónima, se observa al también profesor de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Autónoma de Coahuila en instalaciones el Poder Judicial del Estado, en las cuales habrÃa fraguado junto a otros funcionarios el despido de por lo menos tres personas.
El caso podrÃa encuadrar en un complot encabezado por Nájera Davis para obligar a empleados a renunciar a sus cargos mediante amenazas, ante lo cual pudiera haber incurrido en delitos como extorsión agravada, falsificación de documentos y abuso de funciones.
Nájera habrÃa amenazado con fincar responsabilidades administrativas y penales a los trabajadores si se resistÃan a dejar el cargo y litigaban el despido, que según admitió, era injustificado.
El 2 de mayo de 2019 se dio a conocer que Nájera Davis obligó a tres empleados del Juzgado del Sistema Acusatorio y Oral de Piedras Negras a presentar su renuncia sin motivo alguno. Los afectados presentaron formalmente una queja ante el Consejo de la Judicatura del Estado.
Amenaza magistrado a empleados del PJF
De acuerdo con la grabación, el magistrado Oscar Aarón Nájera, integrante de la Sala Colegiada Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado, se trasladó a Piedras Negras para obligar a renunciar a tres empleados, que tenÃan entre 5 y 21 años de antigüedad laboral.
En el video aparece el diálogo del magistrado con el administrador general, Javier Rangel RamÃrez, y el juez Raúl Flores Villanueva.
“Al ser despido injustificado, en atención al carácter que ellos tienen, evidentemente lo van a querer litigar. Si no cambian de actitud de aquà al despido ¿habrá alguna manera de fincarles responsabilidad administrativa, o incluso penal, cabrón, algo?, preguntó a Rangel RamÃrez.
“Penal, a lo mejor, no sé, pero administrativa, sÃâ€, respondió el funcionario.
“Irnos con todo, para que le bajen de huevos, porque Alberto ya debe muchasâ€, ordenó Nájera Davis.
En los artÃculos 21 y 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado se enumeran las atribuciones de los magistrados, pero no aparece la de remover o solicitar renuncia a personal del Poder Judicial, pues es exclusivo del Consejo de la Judicatura y de la presidencia del Tribunal Superior de Justicia.
Ante esto, el magistrado Nájera Davis habrÃa incurrido en abuso de funciones, delito que se considera en el ArtÃculo 440 fracción IV del Código Penal del Estado, y en extorsión agravada por ser contra un servidor público, que se considera en los artÃculos 332 y 333.
En diálogo con el juez Flores Villanueva, el magistrado Nájera habrÃa admitido que los documentos para consumar el despido de los tres trabajadores del Centro de Justicia Penal se encontraban en formatos anteriores, con detalles y observaciones que no previeron. Ante ello, habrÃa ordenado presentar nuevos papeles y modificar fechas.

Óscar Aarón Nájera Davis, magistrado del TSJE.
“Es la primera vez que vamos a correr a gente del Centro de Justicia Penal, ¿cómo se llama?, de la materia penal. Es la primera vez y, aunque deberÃa de ser todo igual, el formato y todo como lo tiene la OficialÃa Mayor, porque los magistrados le metieron mano y nos observaron varios detalles que no previmos, entonces voy a juntar otra vez a Alberto, Pichardo y a Juan Carlos (los despedidos) y les voy a decir que están ahà las opciones, que si ya lo pensaron bien, la cortesÃa de que se les vino a correr, a avisarles para que esto saliera de la mejor manera.
“Pero entonces ya procederemos legalmente y entonces mañana viene el magistrado Iván Ortiz, mandamos los papeles que estos no traen, porque traÃamos todo como si iban a firmar y el formato anterior, y entonces ya mañana se les notificará y se entregará el aviso. Entonces ese serÃa el argumento. Si por alguna razón no llegara el documento, lo harÃamos el jueves 2 de mayo con efecto del dÃa 30 y ya llegarÃa el personal. Entonces les vamos a decir que se pongan a las órdenes tuyas, con el coordinador que tienes ahorita de aquà de la Región Norteâ€, señaló.
Nájera Davis se refirió especÃficamente a uno de los despedidos, a quien amagó con aplicar la fuerza para convencerlo de que no litigara su situación laboral.
“De Alberto, creo que voy a tener que hablar con la licenciada; o le baja o le vamos a tener que echar la caballerÃaâ€, expuso.
“Bueno, entonces ahorita no será aún nada legal y pues está bien el factor sorpresa; no se lo esperabanâ€, agregó el juez Flores Villanueva.
En el ArtÃculo 406 apartado IV del Código Penal, se advierte que “se impondrán de tres a seis años de prisión y de 100 a mil dÃas multa tratándose de documentos públicos, y de seis meses a tres años de prisión y de 50 a 500 dÃas de multa, tratándose de documentos privados, a quien para obtener un beneficio para sà o para otro, o para perjudicar a un tercero, use un documento público o copia del mismo frente a terceras personas, a sabiendas que es falso, o de que, siendo verdadero, parte del mismo está adulteradoâ€.
El ArtÃculo 407 señala que la penalidad “se aumentará en dos tercios el mÃnimo y el máximo de las penas previstas en el artÃculo anterior, cuando respecto a cualquiera de los supuestos del mismo el delito se cometa o determine por un servidor público valiéndose de su posición, en cuyo caso también se le destituirá e inhabilitará de 10 a 15 años para ocupar cualquier empleo, cargo o comisión en cualquier entidad oficial del estado o de sus municipiosâ€.
Código Penal de Coahuila
» ArtÃculo 332 (Extorsión simple). Se impondrán de 5 a 10 años de prisión y de 2 mil a 4 mil dÃas multa, a quien, para obtener para sà o para otra persona un beneficio económico, u otra ventaja de cualquier clase o para perjudicar al sujeto, coaccione al primero a dar, hacer, no hacer, dejar de hacer o tolerar algo.
» ArtÃculo 333 (Modalidades agravantes de extorsión); apartado IV, inciso b): (Otras modalidades agravantes) Se aumentarán tres cuartas partes al mÃnimo y al máximo de las penas de prisión y de multa señaladas en el ArtÃculo 332 de este código, cuando en la comisión del delito la extorsión se cometa en contra de cualquier servidor público debido a su cargo, empleo o comisión.
En la grabación, el magistrado discute con el administrador general Javier Rangel y el juez Raúl Flores.
