Sigue Estado con capacitación en control de la movilización de ganado en la entidad
Por: AgenciasÂ
Saltillo, Coahuila de Zaragoza; a 18 de Septiembre de 2020.-A partir de la firma de seis convenios entre el Gobierno de Coahuila, la FiscalÃa General del Estado, la SecretarÃa de Seguridad Pública, la SecretarÃa de Desarrollo Rural, las Uniones Ganaderas, Comités de Sanidad Animal, de Fomento y Protección Pecuaria de la entidad, se ha dado gran certeza y seguridad a los productores, lo que ha servido para detonar la actividad, señaló el gobernador Miguel Ãngel Riquelme SolÃs.
“La seguridad y control en el traslado del ganado en territorio coahuilense ha sido uno de los grandes e invaluables beneficios que ha traÃdo la nueva Ley Ganadera, da certeza a los productores ganaderos en toda la entidadâ€, expresó el Mandatario estatal.
“Además era necesaria para ajustar algunos puntos vitales para que la dinámica de la economÃa de ese segmento vaya creciendo. Ahora con todo el contexto de la contingencia sanitaria la economÃa de todo el Pais y el mundo se ha visto afectada, por eso es tan relevante este tipo de medidasâ€.
El Gobernador destacó que con la Ley Ganadera se han emprendido acciones de capacitación para movilizar ganado dentro de la entidad.
REGLAS HOMOLOGADAS
La SecretarÃa de Desarrollo Rural del Estado explicó que como parte de la instrumentación de la nueva Ley de GanaderÃa de Coahuila se homologan los requisitos de movilización de ganado en toda la entidad, atendiendo además las recomendaciones de las autoridades zoosanitarias (SENASICA-México y USDA-Estados Unidos) para mantener y mejorar el estatus zoosanitario de Coahuila para la exportación de ganado.
La dependencia detalló que se llevó a cabo un ciclo de capacitaciones en todas las regiones del estado, empezando con la capacitación directa a los Directores de Desarrollo Rural de los Municipios, que son quienes están en contacto directo con los productores y comisariados ejidales, a quienes se les hace de su conocimiento los artÃculos de la Ley de GanaderÃa que les aplica, asà como sus respectivas sanciones de no cumplir dicho artÃculos.
Toda vez que concluya la capacitación con los Directores de Desarrollo Rural de los ayuntamientos, se procederá a capacitar en esos mismos rubros a las otras instancias involucradas en este proceso, abundó.
La instrucción es para que se capacite a todos los Directores de Desarrollo Rural, los presidentes de las asociaciones ganaderas, los funcionarios de los Centros Emisores de GuÃas del Registro Electrónico de Movilización (REEMO) y las guÃas ordinarias, y también con funcionarios de las ventanillas SINIIGA, quienes están en contacto directo con los ganaderos o las unidades de producción pecuaria de cada uno de los municipios, para que a su vez les trasmitan la información sobre el mecanismo de cómo van a obtener la guÃa REEMO, ya sea en forma presencial, vÃa telefónica o vÃa electrónica, haciendo hincapié en que la constancia provisional que se utilizaba con anterioridad ya no se va poder utilizar para la movilización de ganado.
Se hizo hincapié en que en este proceso de transición se habrán de recoger todas las constancias provisionales de movilización, pero además se tendrá que asegurar que todos los involucrados estén en conocimiento de lo que indica la Ley de GanaderÃa para obtener las nuevas guÃas de movilización.
Finalmente, la dependencia puntualizó que al eliminarse la constancia provisional de movilización, el único documento válido es la GuÃa ordinaria, que es para movilizar todo ganado caprino, bovino, aviar, caballar y porcino. Mientras que la GuÃa REEMO sólo es para movilización de bovinos y abejas.
Requisitos para movilización de ganado:
- Nombre completo e INE del solicitante.
- Comprobante o contrato de compra-venta o factura, en su caso.
- Motivo de la movilización (venta, repasto, engorda, sacrificio, etc.).
- No. de Unidad de Producción Pecuaria (UPP) de origen; (nombre del propietario, predio y ubicación).
- No. de UPP o PSG de destino; (nombre del propietario).
- No. de aretes a movilizar (sexo, edad, clasificación y fierro).
- Información del vehÃculo que transporta los animales (placas y chofer).
- Ruta de traslado (puntos de verificación).
- Concentrado de identificadores en la UPP según BCI-SINIIGA y/o prueba de tuberculina.
- Pago correspondiente de derechos para movilizar.
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